LA LEGISLACION DEL CBD EN EL 2025 ES ESPAÑA
A 2025, la situación legislativa del CBD en España sigue siendo un terreno de contrastes. Por un lado, el crecimiento explosivo del mercado y la presencia de empresas pioneras –PLAYGAMECBD, que durante el Día del Cannabis han destacado en múltiples ocasiones la necesidad de una regulación clara y adaptada a la realidad actual– ha puesto en evidencia que la demanda de productos a base de CBD supera la capacidad del marco normativo vigente para responder a las necesidades tanto de los consumidores como de los empresarios.
En concreto, la legislación española continúa sin contar con una norma específica que regule de forma integral la comercialización, el consumo y la producción de productos con CBD. Esto se debe, en parte, a que el cannabidiol sigue estando clasificado como un “nuevo alimento” (en el caso de productos destinados a la ingesta) o se autoriza únicamente para uso tópico y cosmético, mientras que la venta para consumo humano ingesta directa aún no tiene un aval regulatorio completo.
Como consecuencia, muchas de las operaciones comerciales se apoyan en argumentos basados en acuerdos internacionales y en decisiones judiciales que, en ocasiones, amparan la comercialización de CBD producido legalmente en otros países de la Unión Europea.
Un hito importante ha sido la reciente jurisprudencia a favor del CBD, donde se estableció que un Estado miembro no puede prohibir la comercialización de CBD que ha sido producido legalmente en otro país miembro, aun cuando la legislación interna resulte restrictiva. Este principio, reconocido en parte por resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, añade un matiz esencial a la interpretación de la normativa española y crea un espacio para que, en el corto o mediano plazo, se produzcan modificaciones regulatorias que permitan la armonización con el entorno europeo.
Por otra parte, el cultivo de cáñamo industrial se mantiene regulado bajo condiciones estrictas –por ejemplo, únicamente se permiten variedades con concentraciones de THC inferiores al 0,2%– lo que asegura que la producción de CBD destinada a usos no recreativos se ajuste a normas internacionales. Esta regulación, sumada a la creciente popularidad de los productos CBD (tanto en el ámbito terapéutico como en el de cosmética y bienestar), evidencia un panorama en el que el consenso social empuja hacia una mayor apertura legislativa, aunque el camino hacia una normativa definitiva y clara aún esté en construcción.
En resumen, en 2025 la legislación del CBD en España se caracteriza por su ambigüedad: si bien los productos con CBD para uso externo se comercializan de forma relativamente libre, aquellos destinados al consumo humano directo aún están en una especie de limbo regulatorio.
La tendencia apunta a que, con el creciente interés y la presión tanto de la industria como de los consumidores, se impulsen reformas que clarifiquen este marco normativo, adoptando modelos de otros países europeos que ya han dado pasos significativos en este sentido.
Además, es interesante observar cómo este debate no solo afecta al ámbito comercial, sino que también tiene repercusiones en materia de salud pública, investigación científica y economía. El dinamismo del sector y las experiencias acumuladas en otros contextos europeos podrían, en el futuro próximo, impulsar una revolución en la regulación del CBD, permitiendo una integración más completa y segura de estos productos en la oferta terapéutica y cosmética del país.